A diferencia de contratar a un nacional español, contratar a un trabajador de otro país requiere trámites adicionales.

Contratar a un extranjero de la Unión Europea (UE) no es lo mismo que contratar a un trabajador con la nacionalidad de uno de los países que forman parte del espacio Schengen. Es importante hacer esta distinción para evitar confusiones.

Para los nacionales de la UE, las empresas españolas no tienen dificultades en el proceso de contratación y selección. Esto se debe a que no necesitan ninguna autorización para ejercer sus funciones profesionales dentro de los límites legales de España. Sin embargo, la situación es diferente para los ciudadanos no comunitarios.

Como cada vez más personas quieren trasladarse a España con la esperanza de encontrar mejores oportunidades de empleo, muchas empresas se plantean la mejor forma de contratar trabajadores de otros países.

En muchos casos, contratar a extranjeros puede ser beneficioso para una empresa, ya que pueden aportar habilidades y competitividad que pueden contribuir al crecimiento de la empresa.

Por otro lado, también pueden aportar nuevas perspectivas a la cultura de la empresa, así como más experiencia y, a veces, incluso conocimientos lingüísticos. Además, pueden añadir más talento y formación que la empresa puede no tener en su equipo actual.

A la hora de contratar trabajadores extranjeros, especialmente si no son nacionales de alguno de los países que integran la Unión Europea, las empresas españolas deben seguir determinados procedimientos y cumplir una serie de requisitos.

Sea cual sea tu situación, en este artículo te explicamos cómo integrar a trabajadores extranjeros no comunitarios en el equipo de tu empresa.

Diferencias entre trabajadores comunitarios y no comunitarios

Es importante tener en claro que no es igual contratar a un extranjero procedente de la Unión Europea, que a un trabajador que no nació en los países pertenecientes al Espacio Schengen.

En el primer caso, al ser comunitario, el reclutamiento y selección no tiene ningún problema para la firma, porque no necesitan ningún permiso para desarrollar sus tareas profesionales en territorio español. La contratación de trabajadores no comunitarios es más compleja y aquí jugará un rol fundamental el departamento de Recursos Humanos, ya que estará a cargo de todo el proceso.

Condiciones para contratar extranjeros no comunitarios

Las condiciones para contratar personal extranjero no comunitario van a variar en función de la situación de la persona.

Son tres las posibles situaciones con la que el departamento de RRHH se puede topar:

  • Sin permiso de residencia y de trabajo: es requisito indispensable que las personas no comunitarias tengan un permiso de residencia (al menos temporal) y uno de trabajo. En este caso, será la empresa la que debe hacer el trámite pertinente para que el profesional obtenga la documentación correspondiente.
  • Permiso de residencia temporal para becas o estudios: los estudiantes extranjeros pueden trabajar a jornada parcial o completa, siempre y cuando el horario sea compatible con los estudios. En la mayoría de los casos, estos permisos tienen una duración máxima de 3 meses.
  • Extranjeros que tienen permiso de residencia y trabajo: es la manera más sencilla de contratar trabajadores extranjeros no comunitarios. Eso sí, el empresario debe asegurarse de que este permiso esté en vigor, ya que dura un año y debe renovarse constantemente.

Tipos de permisos de trabajo

Teniendo en cuenta lo explicado anteriormente, existen 4 permisos de trabajo diferentes:

  • Permiso de residencia temporal con permiso de trabajo: autoriza al extranjero a residir y trabajar temporalmente en España.
  • Permiso de residencia permanente: con este documento, el inmigrante puede trabajar y vivir de manera indefinida en el país. Eso sí, debe demostrar que ha tenido el permiso temporal durante 5 años y de manera continuada, además de cumplir con determinados requisitos legales (no tener antecedentes penales, no haber estado de manera irregular y que no tenga prohibida la entrada a España).
  • Permiso de trabajo por cuenta propia: este beneficio es para aquellos extranjeros que quieran establecer una actividad comercial con fines lucrativos por su cuenta.
  • Permiso de trabajo por cuenta ajena: concede a extranjeros no comunitarios la posibilidad de trabajar por un período superior a 90 días para desempeñar una actividad laboral en España por cuenta ajena. El trámite está a cargo del empresario o la empresa.

Si bien la documentación puede variar en función de las características del trámite, en la mayoría de los casos se necesita DNI o NIF del empleador, original y copia del contrato de trabajo y copia del pasaporte o documento de viaje correspondiente.

Conclusión: ¿Cómo contratar trabajadores extranjeros no comunitarios?

Son varios los motivos por los que puede ser necesario contratar personal extranjero no comunitario.

Un profesional con las habilidades que llevas tiempo buscando, alguien con buenas referencias de otros trabajos, la necesidad de contratar trabajadores que hablen diferentes idiomas... En cualquier caso, te recomendamos externalizar la búsqueda.

Esto se debe a que existen una serie de condiciones y requisitos que pueden escapar al departamento de RR. HH., sobre todo si nunca han contratado a empleados nacidos fuera del espacio Schengen.

Si recurres a una consultoría externa, probablemente obtendrás el asesoramiento necesario para evitar cualquier problema durante el proceso de selección y contratación.
Este tipo de servicio te permitirá olvidarte por completo de estos trámites, que en ocasiones pueden resultar complicados si no prestas mucha atención a los requisitos que debes cumplir o si no cuentas con un departamento de RR. HH. con un profundo conocimiento de cómo obtener los permisos adecuados para cada caso.

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